A- de 2019
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Harley De Jesus Carrillo Tapia·Demandado Secretaria De Movilidad De Soledad
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá y el Juzgado Primero Penal Municipal de Soledad (Atlántico). .
La controversia entre los despachos judiciales involucrados se generó en torno a las diferentes interpretaciones que hicieron del factor territorial.
Teniendo en cuenta que ambas autoridades tienen competencia para tramitar la solicitud de amparo incoada, la Corte decide respetar la elección que a prevención hizo el accionante y dispone remitir el expediente al Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogotá, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Al otro despacho judicial se le advierte que, los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, referidas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 30 de abril de 2019 por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogota, dentro del proceso de accion de tutela formulada por Harley de Jesus Carrillo Tapia.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC- 3672 al Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Bogota, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Penal Municipal de Soledad, Atlantico, que los conflictos de competencia en materia de tutela deben ser resueltos, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, referidas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- Cuarto. Por la Secretaria General de la corporacion, COMUNICAR a la parte demandante la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.